Empadrónate en Valdebebas

El empadronamiento de los vecinos en Valdebebas es fundamental para que las Administraciones planifiquen proyectos de servicios públicos en el barrio, como centros educativos y de salud, o aumente la dotación de las distintas formas de transporte público. Para facilitar ese trámite tan necesario, la Junta de Compensación de Valdebebas pone a tu disposición información con los pasos para darte de alta en el padrón municipal.

Hay dos maneras de darse de alta en el padrón municipal de Madrid: presencialmente o por correo postal.

 

Pasos a dar para empadronarte en Valdebebas

  • Presencialmente:

1- Solicitar cita previa llamando al 010 (ó 915 298 210 si se llama desde fuera de Madrid)

2- Acudir el día y hora indicado a las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Madrid. Puede comparecer el interesado o persona que lo represente. Ver oficinas y horarios. La más cercana es:

Línea Madrid Sanchinarro:  C. Cultural Sanchinarro (c/ Princesa de Éboli, 29, 28050 Madrid. tlf: 915000603)

 

  • Mediante correo postal.

 1- En caso de preferir hacer el trámite por correo, se deberán adjuntar fotocopias de los documentos solicitados, excepto la solicitud de empadronamiento y en su caso las autorizaciones, que deben llevar firmas originales.

 2- Una vez realizado el trámite, el Ayuntamiento remitirá un volante de empadronamiento al domicilio del solicitante.

Documentación a aportar

Ésta depende de cada caso particular, y debe incluir:

 

1. SOLICITUD DE EMPADRONAMIENTO (Hoja Padronal) debidamente cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad incluidos en la misma.

  • Para tramitación presencial utilice el impreso:  Solicitud de empadronamiento presencial
  • Para tramitación por correo postal utilice el enlace:  Solicitud de empadronamiento por correo, le pedirá su código postal y le facilitará a continuación la dirección postal de envío y le permitirá descargar el impreso correspondiente.

 

2. DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA IDENTIDAD: Deben estar en vigor.

    • Españoles:
      • mayores de edad y menores desde los 14 años cumplidos: DNI  o pasaporte (original del que acude presencialmente y fotocopias de los demás que se empadronan. Con 14 años es obligatorio obtener documento nacional de identidad.
      • menores de 14 años: libro de familia o certificado de nacimiento originales (si tuvieran DNI o pasaporte deberán aportarlo también junto con el libro de familia).
      • Extranjeros:
        • De Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: NIE junto a pasaporte o a su documento nacional de identidad originales en vigor.
        • De otras nacionalidades: pasaporte o permiso de residencia (temporal, permanente o de larga duración, comunitario) originales en vigor.
        • Menores extranjeros nacidos en España hasta los tres meses de edad: Libro de familia, tarjeta de residencia o certificado de nacimiento. Si tuviera pasaporte deberán aportarlo también junto con el libro de familia. Todos originales.
        • Pasados los tres meses: Los mismos documentos que para mayores extranjeros.
        • Menores extranjeros no nacidos en España: Los mismos documentos que para mayores extranjeros.
 
 

3. DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA REPRESENTACIÓN, solo en el caso de que no realice el solicitante el trámite en persona.

 

4. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN USO DE LA VIVIENDA, a presentar en todos los supuestos excepto en empadronamiento de menores no emancipados.

    • Si no hay nadie ya empadronado en el domicilio, se debe aportar alguno de los siguientes documentos de la vivienda a su nombre:
      • Última factura de compañía suministradora de telefonía fija, agua, electricidad o gas o contrato del suministro formalizado dentro del año anterior a la fecha de la solicitud, o bien:
      • Escritura o contrato de compraventa o contrato de arrendamiento en vigor (en los contratos prorrogados deberá acompañarse del último recibo del pago del alquiler).
  • En caso de no tener ninguno de los documentos del punto anterior, que justifiquen el uso de la vivienda a su nombre, se deberán aportar los siguientes:
    • Documentos que acrediten el uso de la vivienda
    • Autorización de empadronamiento de la persona a cuyo nombre figuren estos documentos. Esta autorización se puede otorgar en el misma hoja padronal indicando que se autoriza a inscribirse en la vivienda NO OCUPADA titularidad del/de la autorizante.
    • Fotocopia del documento de identidad del autorizante.
    • Si ya hay otras personas empadronadas en el domicilio y residiendo en el mismo:
      • alguna de las personas mayores de edad inscritas en el domicilio, debe autorizar el empadronamiento, firmando el correspondiente apartado de autorización de la hoja padronal,
      • fotocopia del documento de identidad del autorizante.

 

NOTA: El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón municipal. 

Contacto

AYUNTAMIENTO DE MADRID

Más información, en el teléfono del Ayuntamiento de Madrid:  010  y en www.madrid.es

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